Por virtud del contrato de arrendamiento financiero, la arrendadora se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, obligándose ésta a pagar como contraprestación pagos parciales, según se convenga, de un monto determinado o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes y la carga financiera.
Es decir, es una compra a plazo que se registra en el balance del cliente donde este al final del plazo ejerce la opción de compra para adquirir los bienes.